jueves, 7 de enero de 2010

COMUNICADO TEIXEIRO

LOS FUNCIONARIOS DE V. INTERIOR-1 DEL CENTRO P. DE TEIXEIRO HAN DICHO BASTA.

Tradicionalmente los funcionarios de prisiones tendemos al conformismo; y, en los últimos años, hemos visto como de día en día nuestras condiciones laborales se deterioran hasta extremos insoportables.
Cuestiones fundamentales como la masificación de los Centros, la carencia de personal suficiente que permita desarrollar el trabajo en unas condiciones mínimas de seguridad y eficacia, la nula clasificación interior (tan vital para la seguridad del interno, del trabajador y del Establecimiento como para la ansiada rehabilitación social), parece que duermen el sueño de los justos. La Administración arrojó a la basura los cinco años posteriores al acuerdo de 2005; tiempo (podríamos retroceder al menos a 2002) en que desde los Centros penitenciarios hemos estado esperando a Godot.
En los últimos meses las cosas, lejos de solucionarse han empeorado y como el diablo cuando se aburre mata moscas con el rabo, la Secretaría General se ha descolgado con una serie de ideas brillantes cuya única intención pensamos, es irritar al colectivo. De otra manera no se entiende el Plan Estratégico de Ordenación de Recursos Humanos, paradigma del desconocimiento de la situación de las prisiones, donde entre otras lindezas consideran nuestro específico demasiado alto y nuestro período de libranza demasiado largo; localizadores, alcoholímetros y lápices ópticos, gasto superfluo donde los haya y la mayor ofensa a nuestra profesionalidad durante las últimas décadas; concursos de traslados bianuales con un baremo todavía más injusto que el anterior; un sistema de unificación de escalas que sólo agrada a una minoría etc, etc. En una actitud IRRESPONSABLE destierran el diálogo con los trabajadores y nos mantienen en un PERMANENTE ENGAÑO.




Desde principios de año, espontáneamente, la práctica totalidad de la plantilla de interior de Teixeiro inició un proceso de movilizaciones en todos los ámbitos, tendente a excitar a la Administración para que de una vez por todas despierte del marasmo que la domina y aborde definitivamente y con seriedad los problemas reales que nos lastran. Problemas, en su práctica totalidad, extensivos a otros Centros penitenciarios del Estado.
De nada ha servido que en noviembre pasado los sindicatos del Centro, en UNIDAD SINDICAL, denunciasen ante la Administración y la opinión pública la inaguantable presión a la que los trabajadores están sometidos. Hoy nos encontramos de nuevo ante los Inspectores de la Secretaría General y una Dirección manifiestamente incapaz de gestionar el Centro.
Sabemos que el camino va a ser largo, pero la estrategia está marcada y tenemos un valor capital que nos permitirá llegar lejos: la UNIDAD; no nos queda otra opción, porque la situación se ha hecho insostenible. Los trabajadores de TEIXEIRO descubrimos que “GODOT no vendrá mañana” y hemos salido a buscarlo. Lo ideal sería que nuestros interlocutores tuvieran siquiera una remota idea de lo que es una cárcel, pero…. Eche o que hai.


SECCIONES SINDICALES DE ACAIP-USO, CC.OO, CIG, CSI*F y UGT.

COMUNICADO LAPIS ÓPTICO

NOTA DE PRENSA

Las Secciones Sindicales en el Centro Penitenciario de Teixeiro de Acaip-USO, CCOO, CIG, CSIF y UGT por medio del presente desea hacerles llegar el siguiente Comunicado:

Instituciones Penitenciarias finalmente responde a las peticiones de los trabajadores de Teixeiro, y lo hace a base de expedientes disciplinarios, incoados por dos Inspectores desplazados al centro


Ha quedado patente que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias tenía una cuenta que saldar con la plantilla de Teixeiro, tras el encierro de los delegados sindicales en el despacho de la actual Directora, el pasado mes de octubre, y no ha dudado en cobrársela a la menor oportunidad.
Desde esa fecha y de una forma al principio sutil se han ido endureciendo las condiciones de trabajo de la plantilla y las medidas de control sobre los trabajadores, algo que curiosamente no se da en ninguna de las otras prisiones gallegas, aumentando la presión sobre los funcionarios del área de vigilancia especialmente. Eso por un lado, al mismo tiempo, y en claro contraste la Administración tan solicita en hacer cumplir sus obligaciones a sus trabajadores, no hizo lo mismo con las suyas para salvaguardar su seguridad, al permitir que el pasado 19 de diciembre familiares de etarras y radicales independentistas insultaran e intentaran agredir a los funcionarios que entraban y salían del centro, todo ello en presencia de la Guardia Civil, la cual no intervino en ningún momento.
Como es de imaginar esto hecho y la consiguiente campaña de acoso desde el mundo radical, ha pasado factura a muchos trabajadores, los cuales han tenido que dejar de trabajar como consecuencia del estrés acumulado. Pese a ello la actividad del centro ha continuado con relativa normalidad hasta que en estos días suponemos que motivados por las duras condiciones meteorológicas y el hecho de que durante varios días, internos y funcionarios no dispusiesen ni de calefacción ni de agua sanitaria, se ha producido un incremento importante en el número de trabajadores que no han podido acudir a su puesto de trabajo por enfermedad.
Pues bien este hecho que en cualquier empresa no dejaría de ser nada más que un puntual e importante trastorno, en Teixeiro se ha convertido en un magnifico pretexto para que la Administración Penitenciaria trate de dar un escarmiento ejemplarizante ante el aumento de la conflictividad en Instituciones Penitenciarias, motivada por los propios incumplimientos de la Administración y el colapso en el que prácticamente ha entrado nuestro sistema penitenciario.
Desde el día cinco de enero dos Inspectores venidos de Madrid se han hecho cargo de la prisión, y su primera medida es amenazar con un expediente disciplinario a los compañeros que se encuentran de baja por enfermedad, además de ejercer una presión enorme sobre los compañeros que están trabajando obligándoles a realizar servicios de más de veinticuatro horas y exigiéndoles que firmen un documento en el que se les notifica que tienen obligación de entrar nuevamente de servicio tras unas horas de descanso.
Lo cierto es que realidades como las expuestas dejan en evidencia declaraciones como las realizadas por la Directora de la prisión al desmentir los datos reflejados en un reciente estudio de la Universidad de Santiago de Compostela, los cuales indicaban que los trabajadores de Teixeiro eran los que sufrían un mayor número de casos de acoso laboral de todas las prisiones gallegas por parte de sus mandos.
Las secciones sindicales arriba citadas entendemos que no es de recibo que frente a las legitimas reivindicaciones de los trabajadores, la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias responda con intimidaciones y creando un nuevo problema en vez de resolver la masificación, la falta de personal, la inexistente carrera profesional, en definitiva la desmotivación generalizada de las plantillas de los centros penitenciarios.



En Teixeiro a 07 de enero de 2.010

lunes, 21 de diciembre de 2009

martes, 8 de diciembre de 2009

CONVOTORIA INTERINOS AXUDANTES

Resolución de 1 de diciembre de 2009, de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, por la que se convoca el proceso selectivo para la selección y nombramiento de personal funcionario interino del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.

Rango: Resolución

Páginas: 103917 - 103917

Referencia: 2009/19689

TEXTO
Teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y lo establecido en el artículo 27 de Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y en la Orden APU/1461/2002, de 6 de junio por la que se establecen las normas para la selección y nombramiento de personal funcionario interino (Boletín del Estado de 15 de junio), previa autorización del Ministerio de la Presidencia, esta Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, ha resuelto convocar 159 plazas del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, para funcionarios interinos, a cuyos efecto se anuncia la Resolución de 1 de diciembre de 2009, por la que se convoca proceso selectivo para la selección y nombramiento de personal funcionario interino del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, que se hará pública en todos los Centros Penitenciarios, Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, Oficinas de Información de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, Atención al Ciudadano, Ministerio del Interior y Ministerio de la Presidencia y en la página Web de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

jueves, 12 de noviembre de 2009

COMUNICADO PRENSA ENCERRO TEIXEIRO

COMUNICADO DE PRENSA

ENCIERRO INFORMATIVO DE LOS DELEGADOS SINDICALES EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE TEIXEIRO

Los Delegados Sindicales de CSI*F, ACAIP, CIG, USO, CCOO Y UGT iniciarán, mañana miércoles a las 10 horas, un encierro informativo en el Centro Penitenciario de Teixeiro, como acción previa al comienzo de un proceso de movilización general de sus trabajadores, ante el nivel de degradación existente en el mismo.

Los factores desencadenantes de esta protesta son los siguientes:

 Personal. Sistemáticamente se incumple la Relación de Puestos de Trabajo, nombrando a funcionarios para puestos inexistentes con la consiguiente merma de efectivos. Ejemplo de ello son las 12 comisiones de servicio creadas para el CIS de A Coruña, traslado de funcionarios en prácticas en fechas coincidentes con la apertura del mencionado CIS, creación de nuevas áreas con puestos sin funciones definidas ni cobertura presupuestaria (grupos de control, módulos terapéuticos, Sistema de Identificación Automatizada…). La cuestión se ve agravada por el hecho de que los efectivos se detraen siempre del área de seguridad y vigilancia, ya afligida por una elevada carga de trabajo y verdadero soporte del sistema en estos momentos de quiebra. Como datos objetivos durante los últimos dos años: Se ha reducido en tres por grupo el número de funcionarios de dicha área, en lo que supone la disminución de más de 20 efectivos y los de personal laboral se reducen a 24 efectivos frente a los 61 previstos.
 Masificación. La tasa de hacinamiento que actualmente sufre Teixeiro es insoportable y unida a la carencia de personal ya referida genera una carga de trabajo que impide cumplir adecuadamente las funciones de vigilancia y custodia o las de tratamiento. Estamos hablando de un Centro diseñado para 1008 internos que alberga actualmente en torno a 1800, cuando en mayo de 2007 la ocupación real era sobre unos 1.350 internos. Son pues, 450 internos más en unas instalaciones inadecuadas y a cargo de un personal quebrantado e insuficiente.
 Inactividad de la Dirección del Establecimiento. Nos encontramos ante una Directora, que se limita a cumplir a ciegas las instrucciones del Centro Directivo. Carece de voluntad de diálogo con los representantes de los trabajadores, generando un mal clima entre una plantilla que tiene acreditadas altas dosis de profesionalidad. La gestión del Centro debe recuperar cauces de normalidad y consenso, lejos de políticas comunes de imposición no adaptadas a la realidad del mismo.












 Permanente engaño por parte de la Secretaría General de II.PP. Hemos asistido impávidos a un cúmulo de falsedades por parte de Mercedes Gallizo y su equipo directivo. Mientras ensalza la profesionalidad del personal penitenciario en todos los medios de comunicación e invoca en el parlamento la pretensión de alcanzar pactos con las organizaciones sindicales, permanece incumplido el anterior ACUERDO, lo cual representa una verdadera burla a los trabajadores/as penitenciarios y una perdida absoluta de credibilidad. Por otro lado, al mismo tiempo que ensalza el grado de profesionalidad del colectivo, dicta instrucciones con el propósito de recortar derechos y endurecer las ya penosas condiciones de trabajo. Nos encontramos ante una mentirosa compulsiva que conducirá el sistema penitenciario a la quiebra absoluta, y los trabajadores de Teixeiro no estamos dispuestos a seguir manteniendo ningún tipo de complicidad ante esta situación.



En Teixeiro a 10 de noviembre de 2009

OEP 2008 CORPO SUPERIOR DE TÉCNICOS. NOMEAMENTO COMO FUNCIONARIOS DE CARREIRA

Boletín Oficial del Estado: Diario oficial del día 12/11/2009. Índice de acceso

domingo, 18 de octubre de 2009

COMENTARIO BORRADOR DE RECURSOS HUMANOS

Cando un pai quere que os seus fillos non o molesten, encendelles a TV, se os fillos empezan a cansar da TV, enchufalles a PayStation2.
Hay xente que di que a Secretaria-Directora Xeral e unha incompetente. Non estou de acordo. En 23 anos na institución, non recordo unha persoa que con humo nos tivera tan entretidos.
Durante máis de dous anos estivemos a discutir do organigrama e das funcións. ¿Que queda? Nada. ¿Donde estan os cartos para levalo a cabo?
Terminado este chollo, inventase outro novo: O BORRADOR DE RECURSOS HUMANOS. Con esto intentan que estemos outros anos discutindo e aborregandonos: (palabra que deriva de borrego).

Este borrador empeza ben: Vai a haber compañeiros que cobren menos ca nos: os novos. Chamanlles "Agente básico de acceso" eu chamolles Funcionarios con empleo precario.
¡ Pero estamos contentos¡ Xa hai alguén máis pringado ca nos.
Despóis pasan a dividirnos; para ternos entretidos, Os postos de Educador ou de Xefe de Sevicios deben ou non, ser desempeñados por os compañeiros do grupo A2 e non por os do C1. Neste punto, os de Madrid, coidan que podamos pasar 3 anos e medio.
Tamén queren que estudiemos, somos unhs burros; nos anos que levamos na institución non aprendimos nada, e que con exámenes procuremos a carreira profesional; para ser Xefe de Area ou Encargado máis vale ter amigos nos tribunais examinadores. Xa estamos collidos polos ...
Os Administradores deben ser titulados..... e non uns prigados. Eu coido que o unico que deben ser é honrados.
Novo reparto da productividade, e sen diñeiro. ¡Que discusión¡. Poderíase facer un Reality Show.
Danos moitos temas máis para a discusión, perdón para a distracción. Pero terminan cunha amenaza: OS HORARIOS.
Vamos a organizar a institución, eso si, sen cartos.
Si de verdad temos un problema, este e a MASIFICACIÓN, e este non se resolve con organigramas e borradores senón con novos CENTROS, claro que esto é falar de cartos e non de papeis.

PROPOÑO: Romper este borrador na oficina da Secretaria Xeral. Pedir na prensa a reducción dos altos cargos e desviar os soldos de estos, para a alimentación dos internos; que por certo e de 3,09€ por interno e día.

viernes, 16 de octubre de 2009

NOMEAMENTO FUNCIONARIOS DE CARREIRA OEP 2007

Boletín Oficial del Estado: Diario oficial del día 16/10/2009. Índice de acceso

INSTRUCCIÓN COMISIÓNS DE SERVIZO

I 12009 PE
Asunto:
Provisión de puestos de trabajo a través de comisiones de servicio.
Adecuación del personal al puesto de trabajo asignado.
Área de Aplicación: PERSONAl FUNCIONARIO
Descriptores: PROVISiÓN DE PUESTOS DE TRABAJOI COMISIONES DE SERVICIOI
ADECUACiÓN AL PUESTO DETRABAJO
La disposición transitoria cuarta del vigente Reglamento Penitenciario
aconsejó dictar una Instrucción que procediera a la refundición, armonización y
adecuación de las Instrucciones o Resoluciones que entonces existían en materia
de provisión de puestos de trabajo a través de comisiones de servicio y
adecuación del personal funcionario a las Relaciones de Puestos de Trabajo, por
lo que se dictó la 112/97 que ha estado en vigor hasta la fecha.
El procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo, conforme
determina el artículo 36 del Reglamento General de Provisión de Puestos de
Trabajo, aprobado por Peal Decreto 364/1995, de 10 de marzo, será el de
concurso. La cobertura de los puestos de trabajo mediante comisión de servicios
o atribuciones temporales de funciones ha de ser algo excepcional y motivado en
razones de urgente e inaplazable necesidad, según establecen los artículos 64 y
66, del citado Reglamento de Provisión.
Por otra parte, las Relaciones de Puestos de Trabajo, conforme establece
el articulo 15 de la citada Ley 30/84, son el instrumento técnico a través del cual
se realiza la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los
servicios y donde se precisan los requisitos para el desempeño de cada puesto,
siendo necesaria la adecuación del personal funcionario a los puestos de trabajo
que tienen asignados en la Relación de Puestos de Trabajo.
En consecuencia, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarías, una
vez consultados y oídos los Sindicatos de la Mesa Delegada de Negociación de
Instituciones Penitenciarias, establece en esta nueva Instrucción los principios de
actuación, el procedimiento y el baremo para la cobertura de determinados
puestos de trabajo vacantes en comisión de servicios, garantizando la agilidad
del proceso para hacer frente a la urgente e inaplazable necesidad de provisión
1
del puesto de trabajo de que se trate, sin perjuicio de su publicidad y objetividad.
t.. PRINCIPIOS DE ACTUACiÓN
Los recursos humanos de una organización son un factor muy importante
que requieren un tratamiento individual cuando presentan problemáticas
específicas.
Ahora bien, este tratamiento individual debe ser planteado dentro de unos
parámetros que sean asumidos por todos los funcionarios de la Administración
Penitenciaria, para evitar que se produzcan desigualdades y agravios
comparativos.
En la presente Instrucción se regulan la mayoría de supuestos o
situaciones que pueden conllevar la tramitación de una comisión de servicios por
su carácter excepcional y motivado.
Fuera de los supuestos y procedimientos no contemplados en esta
Instrucción, la Administración, de acuerdo con su capacidad autoorganizativa, con
carácter temporal, podrá cubrir puestos de trabajo en comisión de servicios
conforme a lo establecido en los Artículos 64 Y 66 del citado Reglamento de
Provisión.
El órgano competente para determinar la cobertura de un puesto de trabajo
en comisión de servicios y las razones de urgente e inaplazable necesidad será la
Subdirección General de Personal, con base en la capacidad autoorganizativa de la
Administración. Con base en la misma, ésta, excepcionalmente y de forma
motivada, para evitar disfunciones, podrá establecer en la resolución de la
convocatoria que sólo puedan participar funcionarios que desempeñen puestos de
trabajo en determinadas áreas (vigilancia, oficinas o mixta).
//.- PUESTOS DE TRABAJO AFECTADOS
La presente instrucción regula la provisión por el procedimiento de comisión
de servicios de los puestos de trabajo siguientes:
2.1.- GRUPO PRIMERO, PUESTOS DE TRABAJO DE NIVELES 15-18.
- Oficina Genérico
- Genérico Área Mixta
- Genérico Área Mixta CIS
- Monitor Informática
- Encargados Departamento Interior Hombres y Mujeres
- Encargados Área Administrativa.
- Servicio Interior-2
2
- Encargado Servicio Interior-2
- Apoyo Oficina CIS
- Monitor Informático
- Monitor Informático CtS
2.2.- GRUPO SEGUNDO PUESTOS DE TRABAJODE NIVELES 19-20.
- Jefe de Centro
- Jefe de Oficinas
- Jefe de Oficinas apoyo CIS
- Jefe Área Mixta (Economato, Alimentación, Peculio, Comunicaciones)
- Jefe de Área Mixta-2
- Educador
- Educador CIS
- Coordinador Setvicios CIS
- Coordinador Sistemas Control CIS
2.3.- GRUPO TERCERO PUESTOS DE TRABAJODE NIVELES21-22.
- Jefe Gabinete Director
- Jefe de Servicios
- Jefe de Servicios CiS
- Jefe Servicio Social Externo
111.- PROCEDIMIENTOS.
Los procedimientos de cobertura de los puestos de trabajo estarán en
relación a los grupos previos de clasificación y se articulará de la siguiente forma:
3.1.- PROCEDIMIENTODE COBERTURADE LOS PUESTOSDE TRABAJO DEL
GRUPO PRIMERO
La Administración nombrará en comisión de servicios, en principio y si no hay
causa objetiva o informe contradictorio que determine lo contrario, al funcionario
que conforme a este procedimiento y baremo obtenga la mejor puntuación.
Este procedimiento se considera el básico y sus fases son las siguientes:
A) El Director del establecimiento solicitará, vía fax, a la Subdirección General de
Recursos Humanos, Área de Ordenación de Recursos Humanos, la petición
motivada de la cobertura, en comisión de servicios, del puesto de trabajo
vacante.
B) El Subdirector General de Recursos Humanos resolverá, vía fax, la posibilidad
de cobertura o no del puesto de trabajo en comisión de servicioe. Se valorará
preferentemente si concurren las circunstancias de urgente e inaplazable
necesidad.
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C) Si la resolución de la Subdirección General de Recursos Humanos es positiva, el
Director del establecimiento convocará la plaza en el ámbito de su centro de
trabajo, conforme a los siguientes requisitos:
- Publicidad. Se convocará el puesto de trabajo vacante en el tablón de
anuncios especificándose: denominación del puesto de trabajo, grupo, nivel y
complemento especifico anual.
- Aspirantes. Podrán participar solamente los funcionaríos de carrera del centro
penitenciarío donde se ha generado la vacante cualquiera que sea su forma de
pertenencia al mismo y que reúnan los requisitos que se indican para cada
puesto de trabajo.
Para evitar disfunciones y agravios comparativos, cuando se convoque un
puesto de trabajo para su cobertura en comisión de servicios, sólo podrán
participar aquellos funcionaríos que desempeñen un puesto de trabajo efe nivel
igualo interior al convocado.
- Plazo de presentación de solicitudes. 10 días naturales.
- Méritos. Los méritos alegados por los aspirantes estarán acreditados, sin
perjuicio de que el Director pueda recabar de tos interesados las aclaraciones o
aportación de la documentación adicional que estime necesaria. Se realizará la
comprobación de estos méritos con el expediente personal del funciona río.
El Director realizará la valoración de los méritos con arreglo a los baremos
que estén vigentes desde el último concurso de traslados.
- Pub/ícidad de las puntuaciones. El Director expondrá en el tablón de anuncios
las puntuaciones obtenidas por los solicitantes desglosadas por méritos.
- Alegaciones. Las personas interesadas podrán presentar a la dirección del centro
y por escrito, en el plazo de diez días naturales, todas las alegaciones que
consideren pertinentes.
- Propuesta. Se remitiré, vía fax, a la Subdirección General de Recursos
Humanos, Área de Ordenación de Recursos Humanos, la propuesta del
funcionario que haya obtenido mayor puntuación.
En el caso de que se hubieran presentado alegaciones, el Director enviará el
expediente con todo el procedimiento al Servicio de Selección y Concursos,
para su estudio y propuesta de la resolución que proceda.
O) Resolución definitiva del Subdirector General de Recursos Humanos de
Instituciones Penitenciarias nombrando, en comisión de servicios, al funcionarío
que se considere más adecuado conforme al procedimiento establecido.
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3.2.- PROCEDIMIENTO DE COBERTURA DE LOS PUESTOS DE TRABAJODEL
GRUPO SEGUNDO.
La Administración nombrará en comisión de servicios al funcionario que
considere más idóneo de entre los cinco, que conforme a este procedimiento y
baremo, hayan obtenido mejor puntuación.
El procedimiento será Igual que el anterior, excepto en el apartado de
Propuesta que queda redactado de la siguiente forma:
Se remitirá, vía fax, a la Subdirección General de Recursos Humanos, Área
de Ordenación de Recursos Humanos, la puntuación de los cinco primeros
funcionarios desglosada por méritos. Se acompañará al respecto un informe
motivado del Director sobre la idoneidad y capacidad para el desempeño del puesto
de trabajo de los cinco aspirantes.
En el caso de que se hubieran presentado alegaciones, el Director enviará
además el expediente con todo el procedimiento.
3.3.- PROCEDIMIENTO DE COBERTURA DE LOS PUESTOS DE TRABAJODEL
GRUPO TERCERO.
La Administración nombrará en comisión de servicios a los funcionarios que
consideremás idóneos y capacitadospara el desempeño de estos puestos de trabajo.
Para la selección de estos puestos de trabajo no se aplicará ningún baremo
aunque si se garantizará en el procedimiento los principios de publicidad y petición
de los funcionarios interesados.
El procedimiento será igual que el anterior, excepto en el apartado de
Propuesta que queda redactado de la siguiente forma:
Se remitirá, a la Subdirección General de Recursos Humanos, Área de
Ordenación de Recursos Humanos, la relación de participantes, su curriculum e
informe motivado del Director sobre la idoneidad y capacidad para el desempeño
del puesto de trabajo de los aspirantes.
IVBAREMO
Para cada puesto de trabajo se aplicará el baremo que figura en los Anexos.
Estos baremos no tienen carácter permanente y se tendrán en cuenta, en cada
momento, aquellos que estén "en vigor" por ser los que se hayan utí/ízado en el último
concurso de traslados convocado.
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V.- REVOCACiÓN DE LA COMISiÓN DE SERVICIOS
El Subdirector de Recursos Humanos de Instituciones Penitenciarias podrá
revocar en cualquier momento la comisión de servicios.
VI.-SUPUESTOS O SITUACIONES EXCEPCIONALES. PROCEDIMIENTOS
6. 1.- APERTURA DE
DEPARTAMENTOS.
NUEVOS CENTROS PENITENCIARIOS o
Estas circunstancias concurren generalmente en la apertura de un centro
penitenciarío o de un departamento y cuando no se ha podido planificar la cobertura de
sus puestos de trabajo a través de concurso.
El procedimiento que se aplicará será el siguiente:
Convocatoria pública da la Subdirección General de Recursos Humanos
indicando el/los centros penitenciaríos y los puestos de trabajo.
Criterios generales:
- Capacidad autoorganizativa de la Administración para decidir los
establecimientos de donde se puede prescindir de personal según las ratíos de
cobertura y necesidades del servicio.
- Puestos de trabajo de naturaleza similar o análoga al que se está
desempeñando.
- Dentro del mismo centro y puesto de trabajo se aplícará el críterio de la
antigüedad.
- Resolución de la Subdirección General de Recursos Humanos.
Estas comisiones de servicio se mantendrán mientras persistan las
necesidades o hasta tanto se provean estos puestos de trabajo a través de concurso.
6.2. - POR RAZONES DE SEGURIDAD YSALUD LABORAL
Se encuentran Incluidas las siguientes situaciones:
-Razones de seguridad contrastadas por la Coordinación de Seguridad de la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
-Heber sido secuestrado o haber sufrido lesiones o secuelas considerables
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como consecuencia de la prestación del servicio.
-Enfermedad muy grave o situación socio-familiar limite que afecte
directamente al funcionario, cónyuge, pareja de hecho o hijos e imposibilidad de
articular otras soluciones.
El procedimiento que se aplicará será el siguiente:
a) Petición de los interesados.
Los interesados deberán remitir a la Subdirección General de Recursos Humanos,
Servicio de Salud Laboral, la solicitud con toda la documentación acreditativa
pertinente: Hechos, libro de familia y certificación de residencia de los miembros,
informe social de los Servicios Sociales, historia clínica, certificado médico,
certificado de minusvalía, etc.
b) Informe del Director.
La petición del interesado deberá venir acompañada de un informe del Director del
establecimiento.
c) Cuando se estime necesario, la Subdirección General de Recursos Humanos podrá
solicitar informe complementario a otras Unidades:
- Coordinación de Seguridad.
- Inspección General Penitenciaria.
- Unidad de salud laboral.
- Otras.
d) Valoración de la situecion planteada por la Subdirección General de Personal, Área
de Coordinación de los Servicios de Prevención, pudiendo:
. ~Cftar al interesado para mantener una entrevista individual.
- Pedir ampliación de la documentación remitida.
6.3.- PUESTOS DE LIBRE DESIGNACIÓN
La política de personal para tos puestos directivos de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias requiere por parte de toda la organización que, dadas las
circunstancias en que se desarrolla este puesto de traba/o, se tengan en consideración
determinadas actuaciones que palien las consecuencias de los nombramientos o ceses
de tos funcionarios que van a desempeñar estos puestos de trabajo.
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a) Nombramientos:
Si la persona que se nombra para un puesto de libre designación tiene cónyuge o
persona con la que convive que trabaje en Instituciones Penitenciarías se le podrá
tramitar una comisión de servicios al mismo centro o a uno próximo.
6.4. OTRASSITUACIONES EXCEPCIONES DE NA TURALEZA ANÁLOGAA LAS
PLANTEADAS ANTERIORMENTE
Situaciones no contempladas en los apartados anteríores y que puedan suponer
una situación excepcional.
VII- SEGUIMIENTODE ESTAS COMISIONESDE SERVICIO
El seguimiento de estas comisiones de servicio se realizará de la siguiente
forma:
1°. - Comisiones de servicio por los supuestos previstos en los apartados 2
a) Un mes antes de que finalice el plato de la comisión de servicios el
interesado solicitará a la Subdirección General de Recursos Humanos, Área
de Ordenación de Recursos Humanos, la renovación o no de su comisión
de servicios. Esta instancia vendrá informada por el Director del
establecimiento.
b) La Subdirección General de Recursos Humanos revisará la situación y
propondrá la resolución pertinente de acuerdo con las nuevas
circunstancias que concurran.
c) De no solicitarse por el interesado en plazo la renovación indicada en el
apartado a), se procederá de oficio a la revocación de la comisión de
servicios.
2°. - Comisiones de servicio por razones de seguridad y salud laboral.
En estos supuestos a la petición de renovación se acompañará además la
documentación acreditativa de su situación. Los informes médicos estarán
actualizados.
VIiI.-ADECUACiÓN DEL PERSONAL AL PUESTO DE TRABAJO
En los últimos años la Administración Penitenciaria y la CE-CIR han hecho un
esfuerzo de dimensionamiento y adecuación de las R.P.T. a las necesidades de cada
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Centro Penitenciario, excepto en aquellos Centros afectados por el Plan de
Amortización y Creación de Centros Penitenciarios.
Por ello y como norma general, cada funcionarIo debe realizar las Jornadas,
horarios, funciones y tareas de su puesto titular. Solo podrán desempeñar otros
puestos de trabajo los funcionarios que tengan autorizada la pertinente comisión de
servicios o atribución temporal de funciones.
En los casos excepcionales que los directores de los centros no tengan personal
suficiente para atender adecuadamente determinados servicios, unidades y puestos
de trabajo, deberán plantearlo a la Subdirección General de Recursos Humanos, para
que previa evaluación de las circunstancias que concurran autorice o no las
comisiones de servicios que considere necesarias.
IX.- QUEDA DEROGADA
La instrucción I 12/97, de 2 de septiembre, de la Dirección General de
Instituciones Penitenciarias, sobre Provisión de puestos de trabajo vacantes a
través de Comisiones de Servicios.
Madrid, de de 2009
LA SECRETARIA GENERAL DE
INSTITUCIONES PENITENCIARIAS
9
NEXOS
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BAREMOS DE COMISIONES DE SERVICIO
MERITOS GENERALES APLICABLES PARA TODOS LOS PUESTOS
1.1. Valoración del grado personal.
Se valorará hasta un máximo de 24 puntos.
Por tener consolidado un grado personal:
- Superior al nivel del puesto solicitado: 24 puntos.
- Igual al nivel del puesto solicitado: 22 puntos.
- Inferior en uno o dos niveles al del puesto solicitado: 19 puntos.
- Inferior en tres o más niveles al del puesto solicitado: 16 puntos.
- Inferior en cinco o más niveles al del puesto solicitado: 14 puntos
1.2. Valoración del trabajo desarrollado.
Se adjudicarán hasta un máximo de 28 puntos.
En función del nivel de complemento de destino del puesto de trabajo actualmente desempeñado, con
carácter de titularidad o adscripción provisional, hasta un máximo de 24 puntos por:
a) Por estar desempeñando un puesto de trabajo de nivel superior en uno o dos niveles o igual al del puesto
solicitado:
- Durante diez meses o más: 24 puntos
- Durante más de seis meses: 22 puntos
- Durante menos de seis meses: 20 puntos
b) Por estar desempeñando un puesto de trabajo superior en tres o cuatro niveles o inferior en uno o dos
niveles al del puesto solicitado:
- Durante diez meses o más: 20 puntos
- Durante más de seis meses: 18 puntos
- Durante menos de seis meses: 16 puntos
c) Por estar desempeñando un puesto de trabajo superior en cinco niveles o más o inferior en tres niveles o
más al del puesto solicitado:
- Durante diez meses o más: 16 puntos
- Durante más de seis meses: 14 puntos
- Durante menos de seis meses: 12 puntos
1.3. Antigüedad.
La antigüedad se evaluará hasta un máximo de 33 puntos, debiendo puntuarse como sigue:
- 1,10 puntos por cada año completo de servicios prestados en puestos de trabajo dependientes de la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y
Formación para el Empleo o de la Administración Penitenciaria de la Generalidad Cataluña.
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MERITOS ESPECIFICOS APLICABLE A CADA PUESTO DE TRABAJO
GRUPO DENOMINACiÓN DEL PUESTO DE TRABAJO " I PUNTUACiÓN
DESCRIPCION DE FUNCIONES MERITOS ESPECIFICaS MAXIMA
A) Por la experiencia, durante los últimos diez años, en el desempeño de tareas y funciones de
I
puestos de trabajo asociados a áreas funcionales, hasta un máximo de 40 puntos, de:
JEFE SERVICIO SOCIAL EXTERNO 1. Vicesecretario de la CAS, Jefe de Servicios, Coordinador de Formación, Gestor de Servicios del
3 OATPFP. Educador, Coordinador de Servicios CIS, Coordinador de Servicios, Jefe de Gabinete: 0.30 40
puntos' mes compteto.
2. Resto de puestos: 0.10 puntos' mes completo. 36
A) Por la experiencia, durante los últimos diez años, en el desempeño de tareas y funciones de
puestos de trabajo asociados a áreas funcionales, hasta un máximo de 40 puntos, de:
2- Jefe de Oficinas, Jefe Servicio Social Externo, Secretario CAS: 0.30 puntos' mes completo. 40 I
E G B NETE DIRECTOR 3- Encargado Area Administrativa, Gestor Económico Administrativo, Centrales nivel 14 o superior,
3 JEF A I Vicesecretario CAS, Genérico Oficinas, Apoyo Servicios Sociales: 0.20 puntos' mes completo. 36
4- Resto de puestos: 0.10 puntos' mes completo 24
I
A) Por la experiencia, durante los últimos diez años, en el desempeño de tareas y funciones de
puestos de trabajo asociados a áreas funcionales, hasta un máximo de 40 puntos, de: I
1. -Jete Servicios, Coordinador Formación, Jefe Servicio Social Externo, Secretario CAS, Coordinador 40
EDUCADOR Y EDUCADOR CIS Servicios OATPFP: 0.30 puntos' mes completo I
3 2- Jefe Centro, Coordinador Servicios DGIIPP, Encargado Departamento, Encargado Servicio tntetior- 36
I 3- Interior Genérico, Servicio interior-e: 0.20 puntos' mes completo 24
4- Resto de puestos: 0.10 puntos' mes completo. 12
l
A) Por la experiencia, durante los últimos diez años, en el desempeño de tareas y funciones de
puestos de trabajo asociados a áreas funcionales, hasta un máximo de 40 puntos, de:
I 1- Jete Servicios, Coordinador F;;rmación, Jefe Servicio Social Externo, Secretario CAS, Coordinador 40
, COORDINADOR SERVICIOS C I S ServICIOS OATPFP: 0.30 puntos mes completo
3 .. . 2- Jefe Centro, Coordinador Servicios DGIIPP, Encargado Departamento, Encargado Servicio Interior- 36
3- Interior Genérico, Servicio Interior-2: 0.20 puntos' mes completo
4- Resto de puestos: 0.10 puntos' mes completo. 24
12
A) Por la experiencia, durante los últimos diez años, en el desempeño de tareas y funciones de
puestos de trabajo asociados a áreas funcionales, hasta un máximo de 40 puntos, de:
I
JEFE DE OFICINAS Y JEFE DE OFICINAS 1- Especialista Oficinas, Gestor Económlco;Administrativo, .Encargado Area ~dministrativa, 40
2 APOYO CIS Coordmador de Proouccion, Gestor de Produccion y Centrales NIVeles 14, 16,18, genenco Oticines,
I Apoyo Servicios Sociales: 0.30 puntos' mes completo.
2- Resto de puestos: 0,10 puntos' mes completo. 36
A) Por la experiencia, durante los últimos diez años, en el desempeño de tareas y funciones de
puestos de trabajo asociados a áreas funcionales, hasta un máximo de 40 puntos, de: I
IEFE DE AREA MIXTA 1- Genérico Area Mixta, Especialista de Area Mixta: 0.30 puntos' mes completo. 40 I
I 2 u 2- Gestor Económico Administrativo, Coordinador de Producción y Gestor de Producción: 0.20 puntos 36
• mes completo
I 3- Resto de puestos: O,10 puntos' mes completo. 24
A) Por la experiencia, durante los últimos diez años, en el desempeño de tareas y funciones de
puestos de trabajo asociados a áreas funcionales, hasta un máximo de 40 puntos, de:
1- Genérico Area Mixta, Especialista de Area Mixta: 0.30 puntos' mes completo. 40
2 JEFE DE AREA MIXTA-2. 2- Gestor Económico Administrativo, Coordinador de Producción y Gestor de Producción: 0.20 puntos
• mes completo 36
I 3- Resto de puestos: O, 10 puntos' mes completo. 24
I
12
I GRUPO DENOMINACiÓN DEL PUESTO DE TRABAJO PUNTUACiÓN
DESCRIPCiÓN DE FUNCIONES MÉRITOS ESPECíFICOS MÁXIMA
A) Por la experiencia, durante los últimos diez años, en el desempeño de tareas y funciones de
I MONITOR INFORMÁTICO Y MONITOR puestos de trabajo asociados a áreas funcionales, hasta un máximo de 40 puntos, de:
1 INFORMA TlCO CIS 1- Monitor Informático: 0,33 puntos por mes completo. 40 I 2- Resto de puestos realizando labores informáticas; 0,10 puntos por mes completo. 12
I
-1
A) Por la experiencia en el desempeño de tareas y funciones de puestos de trabajo adscritos al 10
ENCARGADO OPTO. INTERIOR, Cuerpo de Ayudantes de de I/PP o al Cuerpo de Técnicos Especialistas, grupo servicios
1
ENCARGADO SERVICIO INTERIOR-2 y penitenciarios durante los últimos doce meses.
I 1
ENCARGADO AREA ADMINISTRATIVA B) Por la experiencia en el desempeño continuado de puestos de trabajo de la misma área funcional 3
durante los últimos veinticuatro meses.
r I A) Por la experiencia en el desempeño de tareas y funciones de puestos de trabajo adscritos al 10
I 1 RESTO DE PUESTOS
Cuerpo de Ayudantes de de I/PP o al Cuerpo de Técnicos Especialistas, grupo servicios
I I penitenciarios durante los últimos doce meses.
13